Esquema Nacional de Interoperabilidad (ENI) y NTI — RD 4/2010
El Real Decreto 4/2010 regula el Esquema Nacional de Interoperabilidad, el conjunto de criterios y recomendaciones que permiten que los sistemas de las distintas Administraciones se entiendan y compartan información. Las Normas Técnicas de Interoperabilidad (NTI) lo desarrollan en aspectos concretos (expediente y documento electrónico, formatos, etc.). Conviene distinguir sus dimensiones, sus principios específicos y a qué instrumento se conecta cada inventario.
Objeto y niveles de interoperabilidad (art. 1)
El ENI comprende criterios de seguridad, normalización y conservación para asegurar un adecuado nivel de interoperabilidad organizativa, semántica y técnica (art. 1.2) de los datos, informaciones y servicios. Estas tres son las dimensiones nucleares; no son ni económica, ni presupuestaria, ni jurídica.
Prevalencia del ENI (art. 3)
El ENI y sus normas de desarrollo prevalecen sobre cualquier otro criterio en materia de política de interoperabilidad para el acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos (art. 3.2). No es supletorio ni queda subordinado a los criterios autonómicos: tiene prevalencia expresa.
Principios específicos (arts. 4 a 7)
Además de los principios generales de la ley, el ENI añade tres principios específicos (art. 4): la interoperabilidad como cualidad integral, el carácter multidimensional de la interoperabilidad y el enfoque de soluciones multilaterales. Son tres. Cuidado: la proporcionalidad, la diferenciación de responsabilidades o la gestión basada en riesgos son principios del ENS (RD 311/2022), no del ENI.
- La interoperabilidad como cualidad integral (art. 5) se tiene presente desde la concepción de los servicios y a lo largo de todo su ciclo de vida: planificación, diseño, adquisición, construcción, despliegue, explotación, publicación, conservación y acceso o interconexión. La amortización contable no figura entre esas fases.
- El carácter multidimensional (art. 6) contempla las dimensiones organizativa, semántica y técnica, sin olvidar la dimensión temporal que garantiza el acceso a la información a lo largo del tiempo. La cuarta dimensión relevante es la temporal, no la económica ni la física.
- El enfoque de soluciones multilaterales (art. 7) busca las ventajas del escalado y de las arquitecturas modulares y multiplataforma, además de compartir, reutilizar y colaborar. No pretende reducir el número de Administraciones ni centralizar todo en un único órgano.
Interoperabilidad organizativa: condiciones e inventarios (arts. 8 y 9)
Las condiciones de acceso y uso de los servicios, datos y documentos que una Administración pone a disposición de otras deben resultar conformes a la normativa de protección de datos de carácter personal y al Esquema Nacional de Seguridad (art. 8.1). No basta con el ENS: se exige también la conformidad con protección de datos.
Cada Administración mantiene dos inventarios que se conectan a instrumentos distintos (art. 9.1), y aquí está la trampa más frecuente:
- El inventario de procedimientos administrativos y servicios prestados se conecta con el Sistema de Información Administrativa (art. 9.1.a).
- El inventario de órganos administrativos y oficinas orientadas al público se conecta con el Directorio Común de Unidades Orgánicas y Oficinas (art. 9.1.b).
Conviene no confundirlos con otros instrumentos que aparecen como distractores: el Centro de Interoperabilidad Semántica de la Administración publica los modelos de datos de intercambio (art. 10), y la Red SARA es la red de comunicaciones entre Administraciones; ninguno es destino de estos inventarios.
Puntos clave
- Tres niveles/dimensiones del ENI (art. 1.2): organizativa, semántica y técnica.
- El ENI prevalece sobre cualquier otro criterio de interoperabilidad (art. 3.2): ni supletorio ni subordinado a las CCAA.
- Tres principios específicos (art. 4): cualidad integral, carácter multidimensional y enfoque de soluciones multilaterales.
- Fases del ciclo de vida (art. 5): planificación, diseño, adquisición, construcción, despliegue, explotación, publicación, conservación, acceso; la amortización contable no está.
- Cuarta dimensión del art. 6 = la temporal (acceso a la información en el tiempo).
- Soluciones multilaterales (art. 7) = ventajas del escalado y de arquitecturas modulares y multiplataforma.
- Condiciones de acceso (art. 8.1) conformes a protección de datos + ENS.
- Inventario de procedimientos → Sistema de Información Administrativa (9.1.a); inventario de órganos y oficinas → Directorio Común de Unidades Orgánicas y Oficinas (9.1.b).