Protección de datos: derechos ARCO y otros
La LO 3/2018, de 5 de diciembre (LOPDGDD) adapta el ordenamiento español al Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD). El RGPD reconoce los derechos del interesado en sus artículos 15 a 22, y la LOPDGDD los completa en el Capítulo II del Título III "Ejercicio de los derechos" (arts. 13 a 18). Los clásicos derechos ARCO (Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición) se amplían con los nuevos derechos digitales: supresión ("olvido"), limitación y portabilidad. En el examen se pregunta la correspondencia derecho-artículo, los plazos y las reglas de ejercicio.
Los derechos del RGPD (arts. 15 a 22) y su remisión en la LOPDGDD
Cada artículo de la LOPDGDD remite al RGPD:
- Acceso — art. 15 RGPD (LOPDGDD art. 13): conocer si se tratan sus datos y obtener copia.
- Rectificación — art. 16 RGPD (art. 14): corregir datos inexactos o incompletos.
- Supresión o derecho al olvido — art. 17 RGPD (art. 15): borrado de los datos.
- Limitación del tratamiento — art. 18 RGPD (art. 16): "congelar" el tratamiento.
- Portabilidad — art. 20 RGPD (art. 17): recibir y transmitir los datos en formato estructurado.
- Oposición — art. 21 RGPD (art. 18).
- Decisiones individuales automatizadas y elaboración de perfiles — art. 22 RGPD (art. 18).
Ojo: el art. 19 RGPD regula la obligación de comunicar la rectificación o supresión, y el art. 23 las limitaciones a los derechos; ninguno es un derecho ARCO.
Disposiciones generales de ejercicio (art. 12 LOPDGDD)
Los derechos de los arts. 15 a 22 del RGPD pueden ejercerse directamente o por medio de representante legal o voluntario (art. 12.1). El responsable debe informar de los medios disponibles, que han de ser fácilmente accesibles, y no puede denegar el ejercicio por el solo hecho de que el afectado elija otro medio.
Dos reglas caen mucho:
- Menores: los titulares de la patria potestad pueden ejercitar, en nombre de los menores de catorce años, los derechos de acceso, rectificación, cancelación u oposición (art. 12.6). Los catorce años es también la edad para consentir el tratamiento (art. 7).
- Gratuidad: las actuaciones para atender las solicitudes de ejercicio de derechos son gratuitas (art. 12.7), salvo solicitudes manifiestamente infundadas, excesivas o repetitivas. La carga de la prueba de haber respondido recae sobre el responsable (art. 12.4).
Reglas propias de cada derecho
Acceso (art. 13). Ante una gran cantidad de datos, el responsable puede pedir al afectado que especifique los datos o actividades a los que se refiere. El derecho se entiende otorgado si se facilita un sistema de acceso remoto, directo y seguro que garantice el acceso permanente a la totalidad de los datos. El ejercicio del acceso en más de una ocasión durante seis meses puede considerarse repetitivo, salvo causa legítima.
Rectificación (art. 14). El afectado debe indicar en su solicitud a qué datos se refiere y la corrección que ha de realizarse, acompañando la documentación justificativa cuando sea preciso.
Supresión (art. 15). Cuando la supresión derive del ejercicio del derecho de oposición a la mercadotecnia (art. 21.2 RGPD), el responsable puede conservar los datos identificativos imprescindibles para impedir tratamientos futuros de mercadotecnia directa.
Limitación (art. 16). Debe constar claramente en los sistemas de información del responsable que el tratamiento está limitado.
Portabilidad (art. 17) y oposición y decisiones automatizadas (art. 18) se ejercen conforme a los arts. 20, 21 y 22 del RGPD.
Puntos clave
- Derechos del interesado = arts. 15 a 22 RGPD; ejercicio en la LOPDGDD = Capítulo II, arts. 13 a 18.
- Correspondencias: acceso = art. 15, rectificación = 16, supresión/olvido = 17, limitación = 18, portabilidad = 20, oposición = 21, decisiones automatizadas = 22 (RGPD).
- El ejercicio puede ser directo o por representante (art. 12.1); la prueba de la respuesta recae en el responsable (art. 12.4).
- Los titulares de la patria potestad ejercen los derechos de los menores de catorce años (art. 12.6).
- Las actuaciones son gratuitas (art. 12.7), salvo solicitudes excesivas o repetitivas.
- Acceso (art. 13): repetitivo si se ejerce más de una vez en seis meses; se entiende otorgado con un sistema de acceso remoto, directo y seguro.
- Rectificación (art. 14): indicar datos y corrección.
- Supresión (art. 15.2): tras oposición a la publicidad, cabe conservar lo imprescindible para impedir mercadotecnia directa futura.
- Limitación (art. 16.2): debe constar en los sistemas del responsable.
- La transparencia e información (art. 11) NO es un derecho del Capítulo II.